¡Ya está aquí la segunda convocatoria del programa de ayudas para la rehabilitación energética de edificios existentes (PAREER II)!
Desde el Fondo Nacional de Eficiencia Energética se destinarán 125.658.000€ dentro del Programa PAREER II a las acciones que reduzcan las emisiones de CO2 y consumo de energía final, siendo el objetivo mejorar la calificación energética total en al menos 1 letra medida en la escala de emisiones (kg CO2/m2 año).
¿Qué actuaciones cubre la ayuda?
Las actuaciones que optan a la ayuda, siempre iniciándose después de la entrada en vigor del programa, son las que consigan el objetivo mediante una o varias de las siguientes tipologías:
- Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica
- Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación
- Sustitución de energía convencional por energía solar térmica
- Sustitución de energía convencional por energía geotérmica
¿Quiénes pueden beneficiarse de esta ayuda?
Podrán ser beneficiarios del programa los siguientes colectivos:
- Los propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso, siempre que tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
- Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas como Propiedad Horizontal.
- Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
- Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.
- Las empresas de servicios energéticos.
Modalidades y cuantías de la ayuda
1. Ayuda dineraria sin contraprestación:
Consistirá en una ayuda base según la tipología mas una ayuda adicional por criterio social, eficiencia energética o actuación integrada.
a) Criterio social: actuaciones que se realicen en edificios de vivienda que hayan sido calificados bajo algún régimen de protección pública, o las actuaciones sean realizadas en edificios de viviendas situados en las Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas.
b) Eficiencia energética: actuaciones que eleven la calificación energética del edificio para obtener una clase energética “A” o “B”, o que incrementen en dos letras la calificación energética de partida.
c) Actuación integrada: actuaciones que realicen simultáneamente la combinación de dos o más tipologías de actuación.
2. Préstamos reembolsables:
Las condiciones serán las siguientes:
-Tipo de interés: Euribor + 0,0 %.
-Plazo máximo de amortización de los préstamos: 12 años (incluido un período de carencia opcional de 1 año).
-Garantías: Aval bancario, contrato de seguro de caución, o depósito en efectivo a favor del IDAE en la Caja General del Depósitos del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, por importe del 20% de la cuantía del préstamo.
En Apliqa somos conscientes de la necesidad de reducir el impacto medioambiental y del largo camino que queda aún por delante, pero cada paso cuenta. Estas ayudas facilitan el trayecto, ¡aprovéchalas!